Alarmas antirrobo y videovigilancia
Neutralice un robo contra su vivienda o negocio evitando que éste se produzca.
TODAS LAS ALARMAS NO SON IGUALES
SEGURIDAD EFECTIVA LE PRESENTA SU SISTEMA ANTIRROBO POR NIEBLA DE SEGURIDAD
Sin embargo todas las alarmas tienen en común el cometido de avisar de que se ha cometido una intrusión para obrar en consecuencia.
Pero esto no es bastante para evitar un robo:
Esta realidad afecta sobre todo a locales que disponen de artículos de cierto valor y fáciles de retirar y “colocar” en el mercado negro como es el caso de estancos, perfumerías, farmacias (cosmética de salud), informática, ópticas, tiendas de móviles. En los que pese a disponer de un sistema de alarma, dicho sistema no impedirá que los ladrones se lleven cuantiosos botines por ser capaces de retirarlos en poco tiempo sin apenas riesgo para el ladrón. El sistema de alarma habría servido para que no se lleven todo, pero no para impedir cualquier robo que pueda ser perpetrado en pocos minutos.
A esta realidad se añade que además se está costeando un servicio para la comunicación de alarmas a las Fuerzas de Seguridad, las cuales a todas luces y en el mejor de los casos, no podrán actuar hasta transcurridos al menos 10/12 minutos (tiempo de reacción), desde que se activó la alarma. Tiempo que transcurre resultado de: La operativa de envío de señales, recepción de las señales y fotos, comprobación y verificación de alarma, contacto y comprobación con el usuario, comunicación a las fuerzas de seguridad, disponibilidad y tiempo de traslado hasta el local.
Por este motivo, se puede concluir, en que haciendo el ejercicio de valorar lo que en 6/8 minutos puede sustraerse de su local, es la cantidad que usted o su compañía de seguros asumirán como mínimo, resultado de la fechoría. A lo que incrementar posibles destrozos en mobiliario, enseres y pérdida de producción hasta el restablecimiento de lo deteriorado o robado. Aquí no se cuantifican los daños psicológicos y anímicos que resultan de estas incidencias.
Llega el momento de acudir a la compañía de seguros, (que sin duda le resarcirá de perjuicios en la medida de lo siguiente):
- Si la cobertura de riesgo y sus límites estipulados en póliza no superan lo sustraído.
- Se discierne en que si se ha tratado de un robo o un hurto (dejarse una ventana abierta). Ya que por hurto el tratamiento puede ser muy distinto y eximente de obligaciones.
- Se aporta toda la documentación solicitada sobre la propiedad de la mercancía.
- Los criterios de valoración y cuantificación del siniestro por parte de la compañía de seguros coinciden con los de sus expectativas.
- Se actualizaron las existencias y el valor de las mercaderías.

A la vista de lo anterior, no son pocas las circunstancias necesarias para que su seguro le resarza de todo el perjuicio. Pero debemos señalar siempre en la conveniencia de disponer de un seguro que minimice las consecuencias de un robo de mucha consideración.
Si por otro lado usted decide tener un sistema de alarma, éste debiera servir, además de para disuadir a ladrones, para preservar sus intereses haciendo necesario lo menos posible acudir a la compañía de seguros a riesgo de posibles desavenencias. De aquí la importancia de que el sistema de alarma resulte realmente eficaz pese a disponer de seguro. Esto se amortiza de las bonificaciones por no siniestralidad y en la certeza y tranquilidad por el convencimiento de estar realmente protegido.